Nos comentaba hace unos
meses D. Alberto Bervel, en su amena carta, la población a la que atendía
durante el tiempo que estuvo ejerciendo en Tharsis. Era época de pleno empleo
como él reconoce, y con una población en crecimiento por el número de partos
atendidos.
Según las cifras
apuntadas, la asistencia sanitaria prestada a los distintos colectivos que
componían una población de 7000 almas, quedaría reflejada en los siguientes
porcentajes: Más del 92% incluidos en el SOE (Seguro Obligatorio de Enfermedad)
que incluían al trabajador al conyugue y los hijos. Un 6% que accederían a los
servicios médicos en calidad de jubilados o pensionistas. Y menos del 1,5% que
accedían con cartillas de la
Beneficencia.
Hoy día, cuando la asistencia
sanitaria es universal y cualquier residente tiene derecho a ser atendido en
los servicios públicos, de aplicar los
criterios de los años 50, los porcentajes serían muy diferentes.
Como nota curiosa os dejamos
la disposición que regulaba el derecho a la Beneficencia ,
convocado por un ayuntamiento de la provincia en la época que ejercía D.
Alberto.
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EDICTO
El Alcalde
HACE SABER:
Que a partir de la fecha
del presente Edicto y hasta el día 20 de diciembre próximo, toda persona,
cabeza de familia, vecino de este Municipio que se considere con derecho a su
inscripción y a la de las personas que con ella convivan en el PADRON DE LA BENEFICENCIA MUNICIPAL ,
a cuya rectificación se procede, podrá solicitarlo de esta Alcaldía en
instancia dirigida a la misma, para lo cual se le facilitará el impreso
correspondiente por la
Delegación de Beneficencia.
Serán incluidos en el PADRON
DE BENEFICENCIA MUNICIPAL, tan solo los que justifiquen
legalmente merecer la consideración de pobres.
En ningún caso se
considerarán con derecho a su inscripción en el citado padrón:
Los empleados ú obreros
fijos ó eventuales, legalmente comprendidos en el Régimen de Seguro
Obligatorio de Enfermedad.
Los que disfruten de
Jubilación, Cesantía ó Pensión que excedan de seiscientas pesetas mensuales.
Los que tengan bienes de
cualquier clase, comprendiendo fincas en arrendamiento, aparcerías o contrato
análogo cuando los rendimientos líquidos puedan estimarse iguales o superiores
al JORNAL de un bracero de la localidad.
Dichas instancias, una vez
transcurrido el plazo marcado serán remitidas al Consejo Municipal de Sanidad
para su informe, el que las pasará a la Junta de Beneficencia encargada de hacer la
calificación de pobreza, formando la lista de cabezas de familia que han de integrar
el Padrón Municipal de Beneficencia y ésta la remitirá al Ayuntamiento que la
expondrá al público a los efectos de las reclamaciones que pudieran presentar
los interesados.
Que durante el año de
vigencia del Padrón qué se forme podrán iniciarse expedientes de Alta ó Bajas
en el mismo, bien de oficio o a instancia de parte interesada las que serán
admitidas previo el trámite de rigor.
Lo que se hace público
para general conocimiento de las personas a las que afecte el derecho de
inclusión en el PADRON DE BENEFICENCIA MUNICIPAL
Noviembre de 1.955
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P.D.
En el conservado y
restaurado “Cinema Corrales”, se vuelven a celebrar las “Jornadas de Arqueología
y Territorio de Aljaraque” en su XVII edición, durante los días 15 - 16 - y 17
de Octubre. Entre sus actividades destacan una visita guiada al Dolmen de Soto,
en Trigueros.
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